Verificación 2022. Conoce las nuevas medidas para que tu auto pueda circular

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Este 3 de mayo, la Secretaría de Economía (SE), publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) nuevas medidas de verificación vehicular.

La Norma Oficial Mexicana NOM 236-SE-2021, establece que los autos de uso particular deberán someterse a una revisión de sus condiciones físico-mecánicas para poder circular en el territorio nacional.

Dicha revisión será independiente a la verificación vehicular y aplicable para todos los estados del país.

Su objetivo es mejorar la seguridad vial y será obligatoria para los automóviles que no excedan los 3 mil 857 kilogramos de peso.

⇒LEER TAMBIÉN: Verificación vehicular en CDMX ¿cómo hacerla?

¿Cómo se llevará a cabo la revisión?

La revisión físico-mecánica será a partir de los años y el tipo de vehículo.

  • Vehículos de transporte particular: cuatro años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo, y a partir de entonces, cada dos años hasta el noveno año
  • Los Vehículos de transporte particular de 10 o más años posteriores a la fecha de su comercialización como vehículo nuevo: cada año
  • Vehículos de uso intensivo: un año después de la fecha de su comercialización como vehículo nuevo; y a partir de entonces, cada año

Esta medida entrará en vigor dentro de 6 meses.

“La presente Norma Oficial Mexicana entrará en vigor a los 180 días naturales, contados a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación”.

Lo que falta por definir por parte de las autoridades son los lugares donde se tendrá que acudir para hacer la inspección del vehículo y más detalles de cómo operará la medida.

Se revisará a vehículos en caso de accidente o pérdida total

En caso de un accidente, en el cual el automóvil resulte en pérdida total, o bien, con daños importantes que puedan afectar algún elemento de seguridad, las autoridades competentes podrían solicitar la inspección técnica establecida en la Norma Oficial Mexicana NOM 236-SE-2021.

En el acuerdo publicado en el DOF, también se establece que la inspección también podrá efectuarse a petición del propietario en cualquier momento

¿Qué vehículos quedan exentos de la revisión previa a la verificación?

Los autos a los que no se les obligará a hacer la revisión de condiciones físico-mecánicas son aquellos con un peso menor a 400 kg.

  • Tampoco los que son empleados en labores agrícolas
  • Vehículos orientados para utilizarse en terreno montañoso o desértico, así como en zonas de playas y vías férreas.
  • Los matriculados como autos antiguos
  • Vehículos asociados a maquinaria dedicada para las industrias de la construcción y la minería.
  • Aquellos destinados a circular en vías confinadas como pistas de carreras, aeropuertos, pistas de go-karts, u otro campo de transporte similar.

El DOF señala que los vehículos que se declaren como pérdida total después de algún siniestro también deberán ser revisados.

¿Qué elementos se revisarán en la verificación físico-mecánica?

La inspección técnica que se le realizará a los vehículos comprende los siguientes elementos:

  • Carrocería y chasis
  • Puertas
  • Cofre
  • Parabrisas y ventanas
  • Limpiaparabrisas
  • Espejos o cámaras
  • Soporte exterior de llanta auxiliar
  • Asientos y sus anclajes
  • Cinturones de seguridad
  • Velocímetro
  • Claxon.
  • Faros delanteros
  • Luz de reversa
  • Luces direccionales
  • Luces de advertencia
  • Luz de freno
  • Luz de matrícula
  • Cuartos
  • Luces de identificación
  • Sistema de frenos
  • El sistema de dirección
  • Sistema de suspensión
  • Motor y transmisión
  • Para los vehículos que utilizan gas como combustible: depósitos fijos y canalizaciones
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