Multas de casi 3 mil pesos a fumadores que violen los Espacios Libres de Humo en el Zócalo

CDMX tendrá nuevos Espacios Libres de Humo
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El Gobierno de la Ciudad de México publicó en la Gaceta Oficial el Aviso por el que se determinan como “Espacios Libres de Humo y otras Emisiones que interfieran con el Derecho de Personas No Fumadoras” los señalados, ubicados dentro del perímetro del Centro Histórico de la capital.

El aviso señala que la Ley de Salud de la Ciudad de México establece en su artículo 127, fracción I, que la atención integral del consumo de sustancias psicoactivas es un asunto prioritario de la política pública de la capital.

Y uno de los principios de actuación del Gobierno en la aplicación de la Ley es la prevalencia del interés general de la sociedad en el diseño de las políticas públicas en la materia.

Y en el Día Mundial Sin Tabaco, el documento señala que la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores en la Ciudad de México, determina que la prevención del tabaquismo tiene carácter prioritario.

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Haciendo énfasis en la infancia y la adolescencia, con enfoque de género. Y comprenderá entre otras acciones la promoción de espacios libres de humo de tabaco.

Estableciendo también que la protección de la salud de los efectos nocivos del humo de tabaco comprende entre otros la orientación a la población para que evite empezar a fumar, y se abstenga de fumar en los lugares públicos donde se encuentre prohibido de acuerdo con las nuevas disposiciones.

¿Cuáles son los Espacios Libres de Humo en la CDMX?

Los espacios libres de humo de tabaco y otras emisiones que interfieran con el derecho de personas no fumadoras, que quedaron determinados por las autoridades capitalinas, son 11:

  1. Zócalo de la Ciudad de México
  2. La Plaza de la Mexicanidad
  3. La Plaza Manuel Gamio
  4. La Plaza del Seminario
  5. El empedradillo
  6. La Plaza del Centro Histórico, ubicada en calle Monte de Piedad S/N, Colonia Centro Histórico, demarcación territorial Cuauhtémoc, en esta Ciudad
  7. La calle Francisco I. Madero, mejor conocida como, “Corredor Peatonal Madero”
  8. Los Portales (ubicados entre calle 20 de Noviembre y calle José María Pino Suárez)
  9. Los Portales del Antiguo Palacio del Ayuntamiento (ubicados entre calle 20 de Noviembre y calle 5 de Febrero)
  10. Los Portales (ubicados entre calle 16 de Septiembre y la calle Francisco I. Madero)
  11.  La calle 20 de Noviembre, entre el Zócalo y la calle de Venustiano Carranza

Acciones tendientes a liberar los espacios libres de humo de tabaco

Para delimitar las áreas libres de humo de tabaco y otras emisiones que interfieran con el derecho de personas no fumadoras:

  • Se realizarán campañas de concientización de negocios y personas que se encuentren en las áreas designadas, repartiendo trípticos, señalando los alcances y objetivos de este aviso.
  • También se colocarán señalizaciones que delimiten perfectamente el área que se encuentra bajo este régimen de espacio protegido a emisiones nocivas para personas no fumadoras.  Se realizará además una constante vigilancia con el objeto de corregir cualquier infracción a la presente determinación. Para ello se invitará a las personas fumadoras y vapeadoras a salir del área protegida por este aviso.
  • Aunado a lo anterior, se presentarán las quejas y denuncias correspondientes por la falta administrativa o los delitos en que se pudiera incurrir, en caso de oposición a la liberación de los espacios consignados.

¿Cuánto pagarán de multa quienes violen las restricciones en los Espacios Libres de Humo?

La violación a las disposiciones contenidas en el Aviso que determina los nuevos “Espacios Libres de Humo”, serán sancionadas en términos de lo dispuesto por los artículos 28 y 29 y 30 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, según señala la Gaceta Oficial.

La sanción en caso de incumplimiento será de 21 a 30 Unidades de Medida, es decir 2 mil 20 pesos a 2 mil 886 pesos o arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas.

Cabe señalar que si hay un grupo que queda exento de estas medidas.

El Aviso que determina los nuevos Espacios Libres de Humo y que entra en vigor desde este 31 de  mayo de 2022, determina que las actividades que realizan las personas dedicadas a preservar las costumbres y tradiciones prehispánicas, quedan exentas de las medidas dispuestas.

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