Cuando una pareja decide casarse por el civil, inevitablemente debe caminar por uno de los caminos, menos divertidos, que es la tramitología para consumar la unión.
Cada requisito es indispensable, pues si uno de ellos falta, el matrimonio no se puede llevar a cabo.
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Una vez que se tiene cita para acudir en persona al Registro Civil de la alcaldía correspondiente, se debe presentar la siguiente documentación:
1. Solicitud de matrimonio llenada ante el juez del Registro Civil.
2. Actas de nacimiento de ambos contrayentes, en copia certificada.
3. Identificaciones oficiales de ambos, en copia simple y original para poder cotejar. A propósito de este punto, tomen en cuenta que la firma que estampen en su acta de matrimonio será muy importante, pues debe ser idéntica a la que aparece en sus identificaciones oficiales para que su matrimonio no pueda ser invalidado en un futuro.
4. Comprobantes de domicilio de ambos en la Ciudad de México. Tendrán que ser de los últimos tres meses y también deberán anexarse en original y copia.
5. Convenio de régimen patrimonial. Incluso si carecen de bienes y propiedades al momento de casarse, tendrán que aclarar si elegirán separación de bienes, sociedad conyugal o régimen mixto. Si después de casados quieren cambiar de régimen patrimonial, también es posible, aunque comporta el pago de unas tasas. A la fecha, el costo público que establece la Ciudad de México es de 2,745 pesos.
6. Declaración de no tener una sentencia por violencia familiar. Aunque no es un impedimento para contraer matrimonio, la ley lo requiere para que el matrimonio se celebre con el máximo de información relevante posible. En el caso de que alguno de los futuros esposos haya sido sentenciado y el otro contrayente lo acepte, este segundo debe declarar que está al tanto de la situación y, pese a ello, mantiene su voluntad de matrimonio.
7. Constancia del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (RDAM). Tampoco es un impedimento para contraer matrimonio, pero sí se solicita para que ambos contrayentes estén enterados de responsabilidades que podrían no ser de su conocimiento. Para tramitarla en el mismo juzgado, se necesita la CURP impresa de ambos.
8. Pago de la tasa administrativa. Se recomienda que el pago sea después de entregar los documentos. Como los precios pueden modificarse, consulten en la web de precios públicos del Registro Civil de la Ciudad de México cuáles son las tarifas vigentes al momento de hacer su papeleo. Para 2022, estos son los costos que implica casarse en la Ciudad de México.
En la oficina del Registro Civil: 1,367 pesos.
A domicilio (así se consideran también las bodas fuera del horario hábil): 2,745 pesos.
Por la autorización para que los jueces del Registro Civil celebren matrimonios fuera de la circunscripción territorial que les corresponda: 8,398 pesos. Y se puede pagar en: Bancos y tiendas de autoservicio, Centros de Servicio de Tesorería y Oficinas Tributarias.
9. Realización de un curso prenupcial, impartido por personal del Registro Civil. Tendrán que asistir a estas pláticas después de la entrega de todos los documentos anteriores. Una vez hayan asistido al curso, les entregarán una constancia de haberlo completado. El contenido de los cursos prenupciales para el civil suele incluir temas como los derechos y obligaciones de los cónyuges, la planificación familiar, la salud sexual, la equidad de género y la prevención de la violencia doméstica.
10. ¿Y para matrimonio entre personas del mismo sexo? Los requisitos son exactamente los mismos. La Ciudad de México fue el primer estado del país en legislar a favor del matrimonio igualitario desde diciembre de 2009. En 2020 se celebraron 10 años desde que se legalizó el matrimonio igualitario, la capital del país ya suma más de 13 mil matrimonios entre personas del mismo sexo.
¿Te puedes casar fuera del registro civil?
En la Ciudad de México, sí se pueden celebrar matrimonios civiles fuera de las oficinas del Registro Civil.
Los matrimonios se pueden llevar a cabo incluso fuera de la competencia territorial de la alcaldía en la que hayan solicitado inscribir su matrimonio y del horario que manejan las oficinas.
El único requisito es que el traslado sea dentro de la Ciudad de México, para lo cual se tendrá que solicitar permiso al director general del Registro Civil.
Por su parte, la autorización debe llegar antes de los tres días hábiles previos a la celebración del evento.