Al iniciar el mes de abril, comienza también el plazo para que los contribuyentes dados de alta ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), realicen su declaración anual.
Se trata de un trámite fiscal que contiene las operaciones realizadas en el año que ha finalizado.
Este tipo de obligación es importante debido a lo que representa para el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
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La declaración anual también es importante para los contribuyentes, pues les ayuda a conocer el desempeño de su empresa o actividad económica, debido al análisis que deben hacer para presentarlo.
¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Anual?
De acuerdo con las disposiciones fiscales, quienes están obligados a presentar su declaración anual de ISR, son aquellas personas físicas que obtuvieron ingresos y se ubican en alguno de los siguientes supuestos:
- Sueldos y salarios mayores a 400 mil pesos, (con la excepción para aquellos que en el ejercicio obtuvieron ingresos exclusivamente por salarios, incluso superiores a dicha cifra, de un solo patrón, siempre que les hayan emitido comprobantes de nómina (CFDI) por la totalidad de los ingresos)
- Quienes hayan dejado de prestar servicios antes del 31 de diciembre de 2021
- Aquellos que obtuvieron ingresos de dos o más patrones de manera simultánea
- Si percibió ingresos de empleadores no obligados a hacer retenciones, como es el caso de Organismos Internacionales
- Quienes hayan obtenido ingresos por concepto de jubilación, pensión, liquidación o algún tipo de indemnización laboral
- Los que obtuvieron otros ingresos, como: deudas condonadas por el acreedor o pagadas por otra persona, por inversiones en el extranjero, por intereses moratorios, y/o por penas convencionales, etc.
- Que hayan obtenido, además, ingresos por servicios profesionales (honorarios), arrendamiento de bienes inmuebles, actividades empresariales (comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, silvícolas, de pesca, y de autotransporte), enajenación de bienes, adquisición de bienes e intereses, excepto los que tributen en el Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) a menos que hayan optado por determinar sus pagos provisionales con coeficiente de utilidad.
¿Cómo saber si tengo saldo a favor en el SAT?
De acuerdo con el Artículo 2 Fracción II de la Ley Federal de los Derechos del Contribuyente, se establece que todos los contribuyentes cuentan con el “derecho a obtener, en su beneficio, las devoluciones de impuestos que procedan en términos del Código Fiscal de la Federación y de las leyes fiscales aplicables”.
Y en este sentido, el SAT indica que un contribuyente puede tener un saldo a favor cuando paga más de lo que debe.
Es decir, al momento de presentar su declaración, se calculan los impuestos y hay ocasiones en que los contribuyentes demuestran que pagaron de más.
Es precisamente en estas situaciones que se puede solicitar al SAT la devolución de ese saldo a favor.
Para saber si tienes un saldo a favor debes:
- Ingresar al portal del SAT y seleccionar la opción de Buzón tributario.
- Identificarte como persona física o moral (en este caso la declaraciones para personas físicas).
- Ingresar tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC), así como la contraseña y la e.firma en caso de que se obtenga saldo a favor mayor a 150 mil pesos .
- Presentar tu declaración anual y la plataforma te guiará paso a paso.
- Ya dentro de la plataforma podrás ver los datos precargados, de las facturas que emitiste y las que se emitieron a tu favor.
¿Qué gastos pueden ser deducibles y te ayudarán a tener un saldo a favor?
- Gastos médicos
- Donativos
- Gastos funerarios
- Intereses de hipotecas
- Seguros para el retiro
- Primas de seguros médicos
- Colegiaturas de primaria, secundaria y preparatoria.
El monto máximo que un contribuyente puede deducir corresponde al 15 por ciento de sus ingresos o al equivalente a 5 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) anual, que es equivalente a alrededor de 175 mil pesos.
Así puedes solicitar tu saldo a favor ante el SAT
Una vez que hayas comprobado que tienen un saldo a favor puedes solicitar su devolución en el mismo portal del SAT.
En este sentido, la dependencia señala que: “Para hacer valer tu derecho facilitamos el proceso ofreciéndote la posibilidad de recibirla automáticamente, esta facilidad administrativa aplica a todas las personas físicas que presenten su Declaración Anual, normal o complementaria del ejercicio fiscal en curso y se ubiquen en los supuestos siguientes”.
Si tu declaración anual la presentaste de forma electrónica, puedes solicitar la devolución de impuestos sólo con tu contraseña, siempre que la cantidad sea igual o menor a 10 mil pesos, la Declaración Anual puede presentarse con contraseña.
Cuando el saldo a favor es de entre 10 mil y 50 mil pesos, puedes presentar tu Declaración Anual con contraseña, siempre y cuando selecciones una cuenta Clabe a 18 dígitos ya precargada en el DeclaraSAT.
Y para el caso de que la cifra sea de 150 mil pesos o más, se puede solicitar con firma electrónica a través del “Formato Electrónico de Devoluciones”.
¿Cómo recuperar mi contraseña del SAT?
Para poder presentar tu declaración anual, debes tener presente tu contraseña para poder realizar este trámite.
Pero en el caso de que no la recuerdes, puedes generar una nueva contraseña en el sitio SAT ID desde tu propio teléfono celular o una computadora con internet.
Así puedes generar una nueva contraseña en el SAT:
- Una vez en el sitio, debes dar clic en el botón de requisitos para validar la información requerida.
- Seleccionarás el trámite de generación de contraseña.
- Dar clic en el botón de comenzar.
- Revisar los términos y condiciones y dar clic en siguiente.
- Ingresa tu RFC, correo electrónico y un número telefónico.
- Debes capturar el código captcha que aparece.
- Te llegará un código al correo electrónico que registraste o vía SMS.
- Este código deberás colocarlo en la línea de captura de SAT ID y dar clic en continuar.
- Adjuntar una fotografía de tu identificación oficial.
- Grabar un video pronunciando la frase que la aplicación te indicará.
- Revisar la solicitud de generación o actualización de la contraseña.
- Firmar en el recuadro que te aparece del modo más parecido a la rubrica que aparece en tu identificación oficial.
Deberás conservar el código que te asigna la aplicación y esperar una respuesta positiva dentro de los siguientes cinco días.