Así puedes saber si estás en el Registro de Deudores Alimentarios en la CDMX

Aquí puedes saber si eres un deudor alimentario
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Un “deudor alimentario” o “deudor alimentista” se refiere a la persona que tiene la responsabilidad de proveer alimentos a otra. 

Los obligados a brindar alimentos se encuentran los cónyuges, los concubinos, los padres, los hijos, el adoptante y el adoptado, de acuerdo a las disposiciones establecidas en los códigos civiles y las leyes familiares de las entidades federativas correspondientes.

Sin embargo, es común que algunos deudores alimentarios dejen de cumplir con esta obligación de manera intencional.

Para ello pueden recurrir a malas prácticas como:

  • Ponerse en una situación de ilocalizable
  • Cambiar de residencia
  • Dejar de prestar servicios a la empresa que retiene de su salario la cantidad correspondiente a pensión alimenticia
  • Ponerse de acuerdo con el patrón para declarar menos ingresos
  • Trabajar por cuenta propia declarando menos ingresos de los reales
  • Afirmar que está desempleado
  • No contar con bienes muebles o inmuebles a su nombre

Cabe recordar que el pasado 22 de marzo, el Pleno del Senado aprobó por unanimidad, un dictamen relacionado con el Registro de Deudores Alimentarios.

⇒LEER TAMBIÉN: Deudores alimentarios serán evidenciados en un Registro Nacional

Dicho dictamen plantea reformar la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes. Buscando fortalecer, ejecutar y garantizar el oportuno cumplimiento de la pensión alimenticia, de manera homologada en todo el país.

El tema se vuelve a poner en la opinión pública luego de que el 14 de mayo, en un salón de fiestas de la Colonia Lomas Altas, en la delegación Miguel Hidalgo, se llevaba a cabo la boda del exdiputado Canek Vázquez Góngora.

Y es que al evento del actual delegado del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) en Hidalgo, llegaron activistas para realizar consignas exigiéndole cumplir con la manutención de sus dos hijos.

“!Paga tu pensión!” gritaban las mujeres mientras mostraban pancartas alusivas al tema. 

Deudores alimentarios serán integrados a un Registro Nacional

Apenas el pasado 8 de mayo se publicó en le Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones relacionadas con los deudores alimentarios.

El decreto señala la creación del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias cuyo objeto es concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias.

Esto con el propósito de dar efectiva protección y restitución de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Los Tribunales Superiores de las entidades federativas y de la Ciudad de México suministrarán, intercambiarán, sistematizarán, consultarán, analizarán y actualizarán, la información que se genere sobre el incumplimiento de las obligaciones alimentarias en el ámbito de sus competencias.

¿Quiénes son deudores alimentarios en la CDMX?

De acuerdo con el Código Civil de la capital del país, se dispone que son deudores alimentarios morosos aquellas personas que incumplen con su obligación de proporcionar alimentos por un periodo de noventa días.

En la Ciudad de México, el Registro Público de Deudores Alimentarios está a cargo del Registro Civil.

Para buscar información en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la Ciudad de México, se puede hacer a través de ESTE ENLACE proporcionado, ingresando el nombre y ambos apellidos de la persona a buscar.

¿Cómo te pueden eliminar del Registro de Deudores Alimentarios?

El artículo 323 Nonies del Código Civil para la Ciudad de México establece que la cancelación de la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos procede en los siguientes supuestos:

  1. Cuando el deudor demuestra en juicio haber cumplido con su obligación y que la misma está garantizada;
  2. Si en el momento de dictar sentencia condenatoria, la pensión de alimentos se establezca en un porcentaje del sueldo que percibe el deudor alimentario, y
  3. Cuando el deudor alimentario, una vez condenado, demuestra haber cumplido con su obligación alimentaria, por un lapso de 90 días. Yhabiendo también demostrado que la pensión está garantizada en el futuro.
    En estos casos, el Juez de lo Familiar ordenará al Registro Civil del Distrito Federal la cancelación de la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
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