¿Qué dice el artículo 33 constitucional y cuál es su importancia?

Modificación al Artículo 33 constitucional
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El artículo 33 constitucional  es uno de los artículos más populares entre los extranjeros, aunque no se conozca su contenido real y su alcance, señala el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.

El artículo señala: 

Son personas extranjeras las que no posean las calidades determinadas en el artículo 30 constitucional y gozarán de los derechos humanos y garantías que reconoce la constitución.

El Ejecutivo de la Unión , previa audiencia, podrá expulsar del territorio nacional a personas extranjeras con fundamento en la ley, la cual regulará el procedimiento administrativo, así como el lugar y tiempo que dure la detención.

Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país.

Manuel Becerra Ramírez, investigador del  Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, señala en su texto El artículo 33 constitucional en el siglo XXI, que: “la evolución de los derechos humanos, en este momento hace cuestionable la existencia de una facultad tan amplia tal como la que concede el artículo 33 de la Constitución”.

Agregando que el modelo de expulsión de extranjeros adoptado por México responde a un momento histórico determinado por fuertes amenazas del exterior que sufría (en aquel momento) el joven Estado mexicano.

Los antecedentes más remotos de la facultad del Ejecutivo para expulsar a los extranjeros se encuentran en el Decreto de 20 de marzo de 1829, que establecía la expulsión del país de los españoles capitulados mientras España no reconociera la independencia de México.

En la promulgación de la Constitución de 1917 y que nos rige en la actualidad, la facultad del presidente para expulsar extranjeros, se mantuvo.

El artículo de Becerra Ramírez, indica que el proyecto del entonces presidente Venustiano Carranza mantuvo este artículo, aunque con diferencias en la redacción.

Modificación al Artículo 33 constitucional

El tema se pone en la agenda de la opinión pública, luego de que el presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, enviara una iniciativa a la Cámara de Diputados por la que se busca modificar el Artículo 33.

La iniciativa busca garantizar el debido proceso a extranjeros que pretendan ser expulsados por considerar que su estancia constituye un riesgo o afectación a la seguridad nacional.

De acuerdo con el proyecto, se trata de una modificación que es armónica con lo establecido en el artículo 1° constitucional que expresamente dispone que en nuestro país “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse”.

Actualmente, el artículo 33 permite la expulsión inmediata de extranjeros que representen riesgos a la seguridad nacional.

¿Bajo qué supuestos, un extranjero puede ser expulsado del país?

Un extranjero puede dar motivo a una expulsión por parte del mismo Estado. Dichos motivos pueden ser diferentes, tales como: 

  • Poner en peligro la seguridad y el orden del Estado de residencia. 
  • Ofensa inferida al Estado de residencia. 
  • Amenaza u ofensa a otros Estados. 
  • Delitos cometidos dentro o fuera del país. 
  • Perjuicios económicos ocasionados al Estado de residencia, por ejemplo, mendicidad, vagancia, insolvencia. 
  • Residencia en el país sin autorización.

Becerra Ramírez aclara que la expulsión debe de proceder en el caso de poner en peligro la seguridad y el orden del Estado.

Pero no en el caso de la residencia en el país sin autorización, en donde generalmente procede la deportación.

Modificación al artículo 33 busca reconocer los derechos de los extranjeros

En coincidencia con la iniciativa que propone el presidente, el investigador del IIJ de la UNAM señala que en la evolución del derecho internacional es evidente la concesión de derechos fundamentales a los extranjeros. 

La posición constitucional mexicana, que por supuesto tiene una explicación histórica, está totalmente rebasada en las condiciones actuales, concluye Manuel Becerra.

Aclarando que en la actualidad la intervención extranjera tiene otras vías, más sutiles y definitivas.

El académico universitario insiste en que México debe apegarse al cumplimiento de los derechos humanos, pero ello implica hacer cambios importantes a la Constitución mexicana.

Específicamente modificando el artículo 33 de la Constitución, pero manteniendo la facultad del Estado para expulsar a los extranjeros.

Como es una práctica internacional, y como el mismo derecho internacional de los derechos humanos lo permite, pero concediéndoles las garantías de legalidad y de audiencia, contenidas en los artículos 14 y 16 constitucionales. 

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