Pasar tanto tiempo en tus dispositivos pone en riesgo tu privacidad

Uso de dispositivos ponen en riesgo tu privacidad
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El segundo párrafo del artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala: “Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales o privacidad, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos. Así como a manifestar su oposición, en los términos que fije la ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos, por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros”.

Sin embargo, los datos vinculados con el entorno digital, exponen a todos los usuarios.

Los datos personales constituyen aquella información que nos pertenece como individuos y que puede ser usada para identificarnos directa o indirectamente.

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Entre estos datos personales se encuentran:

  • La edad
  • El domicilio
  • Número telefónico
  • Correo electrónico
  • La trayectoria académica, laboral o profesional
  • Patrimonio
  • Número de seguridad social y el CURP

Pero también, desde hace varios años, los que se vinculan con el entorno digital de cada uno, como nuestra ubicación registrada hoy, ayer o la semana pasada por el GPS del celular o, incluso, la lista de películas vistas en algún streaming.

El Artículo 16 de la Constitución es un derecho aún poco conocido. Pero “ha empezado a cobrar relevancia precisamente por la gran cantidad de información que compartimos en los diferentes dispositivos digitales que tenemos disponibles: celulares, computadoras, tablets, etcétera. Por lo demás, todo ente público y privado está obligado a proteger nuestros datos personales”.

Así lo señala Arístides Rodrigo Guerrero García, académico de la Facultad de Derecho de la UNAM y comisionado presidente del Instituto de Transparencia, Acceso a la Información Pública, Protección de Datos Personales y Rendición de Cuentas de la Ciudad de México (InfoCdMx).

Es sencillo validar dar acceso a tu privacidad

Al momento de ingresar a una página de internet para adquirir algún producto, aparece un aviso de privacidad que por lo general palomeamos.

Muchas veces, sin darnos cuenta de que así podemos estar autorizando a la empresa vendedora a transmitir nuestros datos personales a otras empresas con fines publicitarios o de marketing.

O cuando vamos a alguna farmacia nos pueden ofrecer una tarjeta de lealtad en la que se acumulan puntos para obtener un descuento en una compra posterior. Pero si la aceptamos también validamos tácitamente que dicha farmacia elabore un historial de los medicamentos que compramos. Y de esta manera detecte qué enfermedades padecemos, lo cual es otra forma de vulnerar nuestros datos personales.

“Sin embargo, en los tiempos que corren el mayor riesgo surge cuando compartimos nuestra ubicación en redes sociales y generamos un patrón gracias al cual alguna persona puede saber cuándo estamos ausentes de casa, cuál es la ruta que seguimos a diario o a qué escuela llevamos a nuestros hijos”, agrega Guerrero García.

Medidas para proteger tu privacidad

El especialista señala que para mejorar la protección de nuestros datos personales, es necesario poner en práctica lo que él denomina una “higiene digital”.

“Así como tenemos el hábito de bañarnos o lavarnos las manos después de ir al baño o antes de consumir un alimento, tendríamos que habituarnos a esa higiene, la cual tiene que ver con la salud mental.

Dos pasos fundamentales son:

  • Disminuir el tiempo que pasamos frente al celular (todos los dispositivos móviles cuentan con la función ‘Bienestar digital y controles parentales’. Estos muestran cuánto tiempo los usas cada día).
  • Borrar constantemente tanto nuestros historiales de búsqueda, para evitar que se genere un perfil de nosotros, como el de ubicaciones.

El Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales publicó recientemente la Carta de derechos de la persona en el entorno digital.

“No es un documento legislativo, sino un código de buenas prácticas, porque nosotros, los comisionados y comisionadas, no tenemos facultades legislativas. Pero sí aquellas que nos permiten emitir normas que sirvan como un primer elemento para que se piense en una nueva legislación en materia de protección de datos personales en el entorno digital”, finaliza.

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