¿Recibo aguinaldo si renuncio? ¿cuál es la diferencia con un despido?

Aguinaldo
FB
TW
WA
Email
Telegram

El aguinaldo es una prestación que se paga una vez al año, muchos preguntan si lo pueden recibir después de que renunciaron.

Todas las personas trabajadoras tienen derecho a las prestaciones de aguinaldo, vacaciones, prima vacacional, seguridad social y pago de salario correspondiente al trabajo desempeñado.

Es un pago que no puede hacerse en especie, el artículo 101 de la Ley Federal del Trabajo marca que, tanto el aguinaldo como el salario, deben pagarse en efectivo y con la moneda en curso legal.

Es un derecho laboral irrenunciable, independiente de las demás prestaciones legales.

¿Qué pasa si renuncio?

Al momento de renunciar únicamente tienen derecho a las prestaciones de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional proporcionales al tiempo laborado.

¿Cuánto tiempo se tiene para reclamar la indemnización por despido injustificado o en su caso las prestaciones por renuncia voluntaria?

Se cuenta con dos meses para ejercitar la acción por despido y un año para el pago de prestaciones proporcionales por renuncia voluntaria.

En cuanto a la prima de antigüedad, este derecho se adquiere a partir de haber laborado para un mismo patrón o empresa durante 15 años continuos.

En caso de despido injustificado, ¿se tiene que firmar la renuncia?

No se debe firmar ningún documento, ni hojas y/o pagarés en blanco, porque al firmar se está aceptando la separación voluntaria del puesto desempeñado o en su caso el pago de las prestaciones correspondientes.

La diferencia entre una renuncia y un despido es que la primera es la separación voluntaria de la relación laboral y el despido se da cuando se obliga a la persona trabajadora a separarse del cargo desempeñado.

LEER: Los mejores memes del Aguinaldo 2022 ¿Ya lo debes?

Aguinaldo

En México, el aguinaldo para los trabajadores en el sector privado es de mínimo 15 días de salario. En el caso de los burócratas o empleados del sector público, el aguinaldo es de 40 días.

La ley señala que los empleados que por cualquier motivo no trabajen el año completo, tienen derecho al pago de la parte proporcional del aguinaldo, conforme al tiempo efectivamente trabajado.

Si eres empleado del sector privado, el aguinaldo 2020 se deberá pagarse antes del 20 de diciembre.

Asimismo, los trabajadores que terminen sus relación con la empresa antes de la fecha límite de pago, recibirán la parte proporcional de esta prestación conforme al tiempo que hayan trabajado en el año calendario.

De acuerdo con el Artículo 87 de la ley Federal del Trabajo, los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día veinte de diciembre, equivalente a quince días de salario, por lo menos.

Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere éste.

FB
TW
WA
Email
Telegram
Notas relacionadas
Hoy en Unión CDMX