Constancia de no adeudos alimentarios en CDMX ¿cómo obtenerla?

Constancia de no adeudos alimentarios. Tramitala
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En la Ciudad de México, el Registro de Deudores Alimentarios Morosos es un mecanismo que se emplea para inscribir a los deudores alimentarios morosos y donde puedes tramitar la Constancia de no adeudos alimentarios.

El objetivo es hacerlos responsables de su obligación de dar pensión alimenticia.

Es el Registro Civil de la capital del país, la dependencia a cargo del Registro de Deudores Alimentarios Morosos.

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¿Qué datos contiene el Registro de Deudores Alimentarios Morosos?

En el Registro de Deudores Alimentarios Morosos se harán las inscripciones a que se refiere el artículo 309 del Código Civil de la CDMX . El registro contendrá:

  • Nombre, apellidos, RFC y CURP del deudor alimentario moroso;
  • Nombre del acreedor o acreedores alimentarios;
  • Datos del acta que acrediten el vínculo entre deudor y acreedor alimentarios;
  • Número de pagos incumplidos y monto del adeudo alimentario;
  • Órgano jurisdiccional que ordena el registro, y
  • Datos del expediente o causa jurisdiccional de la que deriva su inscripción.

Así puedes tramitar la Constancia de no adeudos alimentarios

La Constancia de no adeudos alimentarios, la emite el Registro Civil respecto y en ella se muestra el adeudo que presenta alguna persona por el pago de pensión por más de 90 días, de pensión alimenticia.

Este documento que se requiere para llevar a cabo procedimientos judiciales en la materia familiar o para contraer matrimonio en la Ciudad de México, se puede obtener de manera digital.

Para poder realizar una búsqueda de deudores alimentarios morosos en la Ciudad de México, lo puedes hacer a través de ESTE ENLACE.

Se te solicitará que ingreses el nombre y ambos apellidos de la persona que pretendes buscar en el Registro Civil de la Ciudad de México.

La constancia de no deudor alimentario puede descargarse en archivo PDF, para que pueda imprimirse.

¿En qué momento te conviertes en Deudor Alimentario Moroso?

Los deudores alimentarios morosos son las personas que estando obligadas a proporcionar alimentos han dejado de cumplir con esa obligación por el periodo de tiempo que dispongan los códigos civiles, o los códigos o leyes para la familia que resulten aplicables al caso concreto.

Así por ejemplo, el Código Civil de la CDMX señala que son deudores alimentarios morosos aquellas personas que incumplen con su obligación de proporcionar pensión alimenticia por un periodo de noventa días.

El artículo 309 del código civil capitalino establece que el obligado a prestar alimentos cumple su obligación de dos formas:

  1. Asignando una pensión al acreedor alimentario, o
  2. Integrándolo a la familia.

Aquella persona que incumpla con lo señalado con el párrafo anterior por un periodo de 90 días se constituirá en deudor alimentario moroso.

El Juez de lo Familiar ordenará al Registro Civil su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, proporcionando al mismo los datos de identificación del deudor.

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