Por estas razones el SAT te puede reportar al Buró de Crédito

Por qué te puede reportar el SAT al Buró de Crédito
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En un reporte del SAT entregado vía Ley de Transparencia, señala que aumentó en un 69 por ciento el número de personas físicas reportadas al Buró de Crédito.

Es decir, los contribuyentes señalados ante la institución de historial crediticio pasó de 328 mil 847 en promedio mensual en 2018 a 555 mil 34 contribuyentes en 2022.

El objetivo de reportar a las personas físicas, es el de disminuir a los contribuyentes morosos o que tengan deudas fiscales.

⇒LEER TAMBIÉN: Por qué no se recomienda hacer traspasos entre cuentas ¿El SAT lo prohibe?

Las cifras dadas a conocer por el SAT señalan además que los adeudos de las personas físicas ante la autoridad fiscal, pasaron de 101 mil 676 millones de pesos en promedio en 2018 a 169 mil 904 millones de pesos en el presente año. Con lo que se observa un crecimiento del 67 por ciento.

¿En qué casos el SAT te puede reportar al Buró de Crédito?

Quienes están siendo reportados ante el Buró de Crédito por parte del SAT, son las personas físicas que no pagan sus adeudos fiscales firmes. Es decir, a todas las personas con las que la dependencia federal ha tratado de comunicarse, a través del Buzón Tributario y no ha tenido una respuesta.

En el portal del SAT, se señala que se proporcionará a las sociedades de información crediticia autorizadas, entre ellas, el Buró de Crédito, la información de los contribuyentes que tengan adeudos fiscales firmes que no sean pagados y que no estén garantizados en los plazos correspondientes.

Además del reporte del contribuyente ante el Buró, el SAT indicó que también puede:

  • Cancelar el sello digital
  • Embargar bienes
  • Congelar cuentas bancarias a las personas que tengan adeudos fiscales

Cabe aclarar, antes de hacer el reporte ante el Buró de Crédito, la autoridad fiscal envía comunicados a los contribuyentes, mediante su buzón tributario y correo electrónico.

Así puedes saber si tienes un adeudo fiscal

Para saber si tienes algún adeudo ante el Servicio de Administración Tributaria, puedes hacerlo realizando los siguientes pasos.

  1. Entra al portal del SAT
  2. Ingresa tu RFC y contraseña
  3. Selecciona la opción Servicios por Internet
  4. Da clic en Solicitud en la carpeta y después Aclaraciones
  5. Da clic en el apartado Descripción del servicio en el menú Trámites
  6. Elige la opción de Buró de Crédito en el tipo de trámite de tu aclaración
  7. En el asunto, escribe el motivo de tu aclaración (sé breve)
  8. En la descripción, redacta los números del adeudo a aclarar
  9. Adjunta el archivo del reporte de buró y el motivo de la aclaración
  10. Envía la aclaración
  11. Después recibirás el folio correspondiente
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