¿Dónde se hace la Declaración Patrimonial CDMX 2022?

Declaración patrimonial 2022
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Durante el mes de mayo, se debe presentar su declaración patrimonial 2022.

Se estima que este año, presenten este trámite ante la Secretaría de la Función Pública (SFP), más de millón y medio de personas.

⇒LEER TAMBIÉN: Declaración patrimonial CDMX 2022. ¿Cuál es la que se debe presentar?

¿Quiénes son los sujetos obligados a presentar la declaración patrimonial?

El artículo 108 Constitucional, y los artículos 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, señalan que las personas que deben presentar la declaración patrimonial, son todas las personas servidoras públicas.

Es decir, todas aquellas que desempeñen un empleo cargo o comisión dentro de la Administración Pública.

Así como dentro de los poderes Legislativo, Judicial y Organismos Autónomos, para lo cual, cada uno de dichos entes cuenta con sus propios sistemas de recepción de declaraciones patrimoniales y de intereses.

¿Cómo se presenta la declaración patrimonial?

A través del sitio DeclaraNet, que administra la Secretaría de la Función Pública.

En el caso de la Autoridad Educativa Federal, se informó que se contará con 30 módulos, para que los servidores puedan presentar su declaración.

Tipos de declaración patrimonial

Dentro de la de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, existen 3 tipos de declaración:

I. Declaración inicial, la cual se presenta dentro de los sesenta días naturales siguientes a la toma de posesión con motivo del:

Ingreso al servicio público por primera vez;
Reingreso al servicio público después de sesenta días naturales de la conclusión de su último encargo;
II. La Declaración de modificación patrimonial, la que se debe presentar durante el mes de mayo de cada año.

III. Declaración de conclusión del encargo, que se presenta dentro de los sesenta días naturales siguientes a la conclusión.

En el caso de cambio de dependencia o entidad en el mismo orden de gobierno, únicamente se dará aviso de dicha situación y no será necesario presentar la declaración de conclusión.”

Por lo que la declaración que se debe presentar, es la de modificación patrimonial. Cabe señalar que en caso de no cumplir con el requisito, se hace acreedor a las sanciones que previene la ley en la materia.

¿Hay sanciones por no presentar la declaración patrimonial?

La Ley General de Responsabilidades Administrativas establece en su artículo 33 que si no se presenta la declaración patrimonial en cualquiera de sus tres modalidades (inicio/modificación/conclusión), en los plazos correspondientes sin causa justificada, se iniciará inmediatamente la investigación por presunta responsabilidad por la comisión de las Faltas administrativas correspondientes y se requerirá por escrito al servidor público el cumplimiento de dicha obligación.

De igual manera, si se le hubiere requerido al servidor público su cumplimiento y continúe la omisión por un periodo de 30 días naturales siguientes a la fecha en que se le hubiere notificado el requerimiento, tratándose de la declaración inicial y de modificación patrimonial se podrá dejar el nombramiento o contrato sin efectos, debiendo notificar lo anterior al titular del Ente público correspondiente para separar del cargo al servidor público.

Por otro lado, para el caso de omisión, sin causa justificada, en la presentación de la declaración de conclusión, se inhabilitará al servidor público de tres meses a un año.

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