Fase 1 de contingencia ambiental: Qué implica

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La Comisión Ambiental de la Megalópolis determinó activar la Fase 1 de Contingencia Ambiental Atmosférica Regional por Partículas PM10.

Esto debido a que se registró un valor de 154 y 153 puntos en el Índice de Calidad del Aire en la Zona Noreste del Valle de México

Por lo anterior se aplicarán varias acciones para la Zona Noreste del Valle de México: Municipios de Coacalco de Berriozábal, Chicoloapan, Chimalhuacán, Ecatepec de Morelos, Ixtapaluca, La Paz, Nezahualcóyotl, Tecámac, así como la Delegación Gustavo A. Madero.

El Programa Hoy No Circula aplica de manera normal en una contingencia regional, por lo que no aplican restricciones adicionales a la circulación de vehículos.

Recomendaciones para la protección a la salud de la población, mientras se mantengan niveles altos de contaminación en la Zona Noreste:

  • Se recomienda reducir el tiempo de exposición en exteriores a grupos sensibles como niños, mujeres embarazadas, adultos mayores y personas con problemas respiratorios y cardiovasculares.
  • Se recomienda a los deportistas abstenerse de realizar ejercicio o desarrollar actividades al aire libre.
  • Limitar las actividades cívicas, culturales, deportivas y de recreo al aire libre en centros escolares y la población en general.
  • Evitar fumar.

RESTRICCIONES EN LOS SECTORES TRANSPORTE, INDUSTRIA Y SERVICIOS

  • Se realizará la detención de vehículos de transporte de materiales de construcción sin lona de cobertura y/o que derramen materiales, hasta en tanto la carga sea cubierta.
  • Las fuentes fijas de la industria de jurisdicción federal y local que tengan procesos de combustión o actividades generadoras de PM10 sin equipos de control de emisiones, quedan obligadas a reducir sus emisiones entre el 30% y 40% sobre su línea base de manera inmediata a la declaratoria de la Fase 1.

Se suspenderán las actividades de:

  • Barrido y corte de pasto en áreas de camellones, jardines y campos deportivos.
  • Suspensión de actividades de bacheo, pintado, pavimentación, así como las obras y actividades que obstruyan o dificulten el tránsito de vehículos.
  • Explotación de bancos de materiales pétreos.
  • Construcción, demolición y movimiento de tierras en obras mayores a 5000 m2 de superficie.
  • Movimiento de materiales generadoras de partículas en comercios de materiales de construcción con capacidad de almacenamiento de más de 50 toneladas a cielo abierto.
  • Plantas de asfalto y de concreto, fijas y móviles que no cuenten con equipo de control de emisiones.
  • Establecimientos que utilicen como combustible leña o carbón.
  • Combustión relacionada con la cocción de ladrillo, cerámica y fundición en hornos artesanales.
  • Quema de fuegos artificiales

Además:

  • Las autoridades de tránsito y vialidad deberán establecer operativos para agilizar la circulación vehicular.
  • Se reforzará la vigilancia para retirar de la circulación vehículos ostensiblemente contaminantes.
  • Se intensificará la vigilancia para evitar incendios en áreas boscosas, agrícolas y urbanas, así como para evitar la quema de cohetes y fuegos artificiales; así como de cualquier tipo de material o residuo sólido o líquido a cielo abierto.
  • Las delegaciones y los municipios, deberán controlar las emisiones fugitivas de polvo originadas en las vialidades mediante barrido húmedo o riego con agua tratada.

 

 

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